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INFORMACIÓN PARA DEUDORES HIPOTECARIOS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE TRABAJADORES (PET)D.S. N°235(V. y U.) de 1985, según Decreto N°174 del 3 de Octubre del 2007, que dispone el Beneficio para estos Deudores Habitacionales.

El Discurso Presidencial del 21 de Mayo pasado, señaló la solicitud hecha a BancoEstado y al Banco del Desarrollo, que en el más breve plazo inicien la repactación de todos aquellos deudores PET que tiene tasas más altas que las vigentes en el mercado.

La idea principal es que estos deudores tengan la misma oportunidad que han gozado otros chilenos de renegociar sus créditos a tasas más bajas y, por consiguiente, obtener dividendos más adecuados.  Para lo anterior, los deudores PET, obtendrán una subvención del Gobierno, equivalente al monto total a que asciendan los costos y gastos operacionales que signifique este beneficio de rebaja de dividendo, que se ejecutará de acuerdo a la siguiente modalidad:

Sin mediar ningún trámite por parte del deudor, obtengan una rebaja permanente de la tasa pactada en su crédito hipotecario vigente lo que implica una rebaja en el pago de su dividendo mensual, o a través un nuevo credito hipotecario para la vivienda, destinado a cancelar el crédito original.  Se mantendrá el plazo residual siempre que se encuentre al día en el pago de su deuda, de lo contrario se aumentará el plazo del nuevo Crédito.  Éste, se otorgará a una tasa de interés inferior, que le permita obtener una rebaja en sus próximos dividendos.

Consulte su beneficio ingresando su RUT.


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