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Seguro Hipotecario Desempleo e Incapacidad Temporal Subsidiados Decreto Supremo n° 40 título I Transitorio

Beneficios

  • Cuentas con coberturas en caso de Desempleo o Incapacidad Temporal.
  • Obtén respaldo en el pago de tu dividendo, con un límite de hasta 12 dividendos mensuales pagados dentro de los primeros 36 meses del plazo de la deuda.
  • Cómoda forma de pago a través de tu dividendo.
  • Cobertura vigente hasta el término del Crédito Hipotecario.
  • Contrátalo en cualquier sucursal BancoEstado.

Descripción

  • Con este Seguro obtendrás tranquilidad, pues no te verás en la complicación de no poder cumplir con el pago de tu dividendo en el caso de quedar desempleado o sufrir incapacidad temporal. El apoyo que obtienes con el Seguro en caso de:
    • Desempleo: Corresponde al pago del valor mensual de tu Dividendo, con un límite de hasta 12 dividendos, los cuales se cancelan de uno en uno por cada 30 días de desempleo, siempre y cuando quedes desempleado dentro de los primeros 36 meses del plazo de la deuda de tu Crédito Hipotecario. Si quedaras desempleado con posterioridad a dicho período, contarás con el beneficio del pago de hasta 6 dividendos mensuales de, uno en uno, por cada 30 días de desempleo.
    • Incapacidad Temporal: Corresponde al valor mensual de tu dividendo adeudado a la época de la Incapacidad, hasta 12 dividendos mensuales pagados de uno en uno, siempre y cuando cayeras en una situación de Incapacidad Temporal dentro de los primeros 36 meses del plazo de la deuda. Si quedarás incapacitado con posterioridad a dicho período, contaras con el beneficio del pago de hasta 6 dividendos mensuales, de uno en uno, por cada 30 días de incapacidad.
  • Ver aquí más información de las coberturas que te entrega este Seguro.

Requisitos y Exclusiones

  • Contratar un Crédito Hipotecario Subsidiado acogido al Decreto Supremo Decreto Supremo n° 40 título I Transitorio de BancoEstado.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Edad máxima de permanencia: la cobertura individual finalizará cuando el asegurado cumpla 76 años de edad.
  • El Seguro cuenta con un deducible para:
    • Desempleo: 1 cuota, o sea debes cancelar la primera cuota inmediatamente siguiente a la fecha del desempleo, en cada evento.
    • Incapacidad Temporal: 30 días corridos desde el inicio de la incapacidad. Desde el día 31 o más, comienzas a hacer uso del beneficio del Seguro en el pago mensual de tu dividendo.
  • Limitaciones de la Cobertura:

    • Las limitaciones de la cobertura para Incapacidad Temporal están referidas a las exclusiones la cual se encuentra registrada en la POL 3 07 021 depositada en la SVS.
    • Carencia: 90 días.

      Seguros intermediados por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume los riesgos es Compañía de Seguros Generales Cardif S.A., condiciones depositadas en la S.V.S. bajo las POL 1 90 031 y POL 3 07 021 letra b.

    • Cómo Utilizarlo

      En caso de siniestro, el asegurado, cualquier familiar directo o beneficiario deberá dar aviso en cualquier sucursal de BancoEstado a cualquier ejecutivo o en el mesón de atención de clientes, en un plazo máximo de 180 días y a su vez presentar la siguiente documentación:


      Primer mes Desempleo:

      • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
      • Copia o Fotocopia de la “Solicitud Única de Contratación, Mandato y Propuesta de Seguros”.
      • En caso de Empleado dependiente de empresa privada deberá presentar Fotocopia simple del finiquito ratificada ante notario.
      • Certificado de los últimos 6 meses de cotizaciones en sistema previsional o AFP, al mes anterior de la fecha de la desvinculación, emitido hasta 15 días antes de la fecha del despido.
      • En casos de ser funcionarios de las fuerzas armadas, carabineros y de Investigaciones, funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad.

      Segundo mes Desempleo:

      • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
      • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
      • Certificado de los últimos 6 meses de cotizaciones en sistema provisional o AFP, al mes anterior de la fecha de la desvinculación, emitido hasta 15 días antes de la fecha del despido.

      En caso de Incapacidad Temporal:

      • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
      • Copia o Fotocopia de la “Solicitud de Contratación y Propuesta de Seguros”.
      • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
      • Certificado o Licencia médica que acredite los días de reposo de dicha Incapacidad por 31 días a lo menos (desde fecha de Inicio hasta fecha de término de Incapacidad), indicando diagnóstico.
      • Documentación que acredite su calidad de tal, tales como:
        • Declaración de Impuesto (IVA) de los últimos tres meses antes de caer en estado de Incapacidad.
        • Declaración de Impuesto a la Renta adjuntando las últimas tres boletas de honorarios antes de caer en estado de Incapacidad.

      Segundo mes de incapacidad Temporal:

      • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
      • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
      • Certificado o Licencia médica que acredite los días de reposo de dicha Incapacidad por 31 días a lo menos (desde fecha de Inicio hasta fecha de término de Incapacidad), indicando diagnóstico.