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Seguro Hipotecario de Desempleo e Incapacidad Temporal Subsidiados Decreto Supremo N° 1

Beneficios

  • Cuentas con coberturas en caso de Desempleo o Incapacidad Temporal.
  • Obtén respaldo en el pago de tu dividendo, con un límite de hasta 6 dividendos mensuales
  • Prima 100% de cargo fiscal durante los primeros 48 meses, después de este período, la prima es de cargo del asegurado
  • Entrega coberturas que protegen al asegurado durante un período del Crédito Hipotecario.

Descripción

  • Con este Seguro obtendrás tranquilidad, pues no te verás en la complicación de no poder cumplir con el pago de tu dividendo en el caso de quedar desempleado o sufrir incapacidad temporal. El apoyo que obtienes con el Seguro en caso de:
    • Desempleo: Corresponde al pago del valor mensual de tu Dividendo, con un límite de hasta 6 dividendos, los cuales se cancelan de uno en uno por cada 30 días de desempleo.
    • Incapacidad Temporal: Corresponde al valor mensual de tu Dividendo adeudado a la época de la Incapacidad, con un límite de hasta 6 dividendos mensuales pagados uno en uno por cada 30 días de Incapacidad Temporal.
  • Ver aquí más información de las coberturas que te entrega este Seguro.

Requisitos y Exclusiones

  • Contratar un Crédito Hipotecario Subsidiado acogido al Decreto Supremo N°1 otorgado por BancoEstado.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Edad máxima de permanencia: la cobertura individual finalizará cuando el asegurado cumpla 76 años de edad.
  • El Seguro cuenta con un deducible para:
    • Desempleo: 1 cuota, o sea debes cancelar la primera cuota inmediatamente siguiente a la fecha del desempleo, en cada evento.
    • Incapacidad Temporal: 30 días corridos desde el inicio de la incapacidad. Desde el día 31 o más, comienzas a hacer uso del beneficio del Seguro en el pago mensual de tu dividendo.
  • Limitaciones de la Cobertura:
    • Las limitaciones de la cobertura para Incapacidad Temporal están referidas a las exclusiones la cual se encuentra registrada en la POL 3 07 021 depositada en la SVS.
    • Carencia: 90 días.

Seguros intermediados por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume los riesgos es Compañía de Seguros Generales Cardif S.A., condiciones depositadas en la S.V.S. bajo las POL 1 90 031 y POL 3 07 021 letra b.

Cómo Utilizarlo

En caso de siniestro, el asegurado, cualquier familiar directo o beneficiario deberá dar aviso en cualquier sucursal de BancoEstado a cualquier ejecutivo o en el mesón de atención de clientes, en un plazo máximo de 180 días y a su vez presentar la siguiente documentación:


Primer mes Desempleo:

  • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
  • Copia o Fotocopia de la “Propuesta de Seguros”.
  • En caso de Empleado dependiente de empresa privada deberá presentar Fotocopia simple del finiquito ratificada ante notario.
  • Certificado de los últimos 6 meses de cotizaciones en sistema previsional o AFP, al mes anterior de la fecha de la desvinculación, o certificado de desempleo emitido por la AFC.
  • En casos de ser funcionarios de las fuerzas armadas, carabineros y de Investigaciones, funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad, decreto o resolución que indique causal por término de contrato.

Segundo mes Desempleo:

  • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
  • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
  • Certificado de los últimos 6 meses de cotizaciones en sistema previsional o AFP, con fecha de emisión posterior al mes cobrado. El período consultado en el certificado debe incluir las cotizaciones del mes de emisión hacia atrás, es decir, debe incluir los meses sin cotización.

En caso de Incapacidad Temporal:

  • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
  • Copia o Fotocopia de la “Propuesta de Seguros”.
  • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
  • Certificado o Licencia médica que acredite los días de reposo de dicha Incapacidad por 31 días a lo menos (desde fecha de Inicio hasta fecha de término de Incapacidad), indicando diagnóstico.
  • Documentación que acredite su calidad de tal, tales como:
    • Declaración de Impuesto (IVA) de los últimos tres meses antes de caer en estado de Incapacidad.
    • Declaración de Impuesto a la Renta adjuntando las últimas tres boletas de honorarios antes de caer en estado de Incapacidad.

Segundo mes de incapacidad Temporal:

  • Formulario de Denuncia de Siniestro (disponible en el Banco).
  • Fotocopia Cédula de Identidad del Asegurado por ambos lados.
  • Certificado o Licencia médica que acredite los días de reposo de dicha Incapacidad por 31 días a lo menos (desde fecha de Inicio hasta fecha de término de Incapacidad), indicando diagnóstico.

Importante: La Compañía podrá solicitar cualquier otro antecedente relevante, para la liquidación del siniestro.

Los clientes que cuentan con un Seguro vigente contratado con BancoEstado, pueden solicitar una copia de su póliza o certificado de cobertura en cualquier sucursal BancoEstado a lo largo del país, o llamando al FonoSeguros 600 660 1212.

Información Renovación de Póliza
Nombre Seguro
Cobertura(s)
Compañía
Vigencia Póliza
Desde
Hasta
Seguro Desempleo e Incapacidad Temporal Crédito Hipotecario Subsidiados D.S. N°1
Desempleo, Incapacidad Temporal
Cardif
01/11/2011
31/12/2015