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Crédito con Aval del Estado (CAE)

Te ayudamos a cumplir tus sueños.

Condiciones

  • Este financiamiento se solicita a través de Comisión Ingresa, podrás encontrar toda la información en sitio Web www.ingresa.cl.
  • Se financia hasta el 100% del arancel de referencia de las carreras con un mínimo $200.000.
  • Los aranceles de referencia son establecidos cada año por el Ministerio de Educación para cada carrera y normalmente presentan diferencias respecto de los aranceles reales, diferencias que deben ser cubiertas por los alumnos.
  • Los plazos para pagar son 10, 15 y 20 años, dependiendo del tipo de carrera, de la duración y aranceles. Para aquellos alumnos beneficiados en el 2006 los plazos son fijos de 20 años.
  • El financiamiento es anual y para toda tu carrera, sin necesidad de postular nuevamente.
  • La renovación de los créditos se solicita a través de aplicación que se encuentra en página web de Ingresa (www.ingresa.cl), no debes firmar documentación y por lo tanto no debes venir al Banco.

Beneficios

  • Como alumno eres el deudor directo del crédito, no se exigen garantías adicionales.
  • Puedes pedir el monto que se ajuste a tus necesidades y modificar todos los años ese valor al momento de renovar tu crédito.
  • Durante todo el período de gracia (período de estudio), no tienes obligación de pago.
  • Si deseas cancelar los intereses podrás efectuar el pago por caja en cualquier sucursal del Banco o ServiEstado, obteniendo tu cupón de pago a través de los dispensadores de saldo y cupones de pago.
  • Se favorece la continuidad de estudios, podrás seguir una carrera profesional al terminar tu carrera técnica, utilizando el mismo beneficio.
  • Tienes derecho de cambiarte por una sola vez de carrera y/o Institución, para ello deberás seguir los procedimientos informados en www.ingresa.cl
  • El Banco cancela directamente a la Institución de Educación Superior los aranceles vía transferencia electrónica, como alumno no debes retirar ningún documento en el Banco.
  • Este financiamiento cuenta con un subsidio de cesantía que también opera cuando la cuota supera el 50% de tu ingreso, debes acreditar tu caso particular directamente en las oficinas de Ingresa, quienes aprueban o rechazan su asignación e informan al Banco.
  • El Beneficio de Cesantía cubre un máximo de 12 meses (cuotas), debiendo cancelar estas cuotas al término del plazo original del crédito.
  • Cómodo y fácil de pagar si contratas cargo automático en Cuenta Corriente, Chequera Electrónica o CuentaRUT.
  • Sin costo para ti, este financiamiento tiene un seguro de desgravamen e invalidez que cubre 100% de la deuda.

Descripción

  • Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar sus estudios de educación superior.
  • Si obtuviste el beneficio y decides que no requieres de financiamiento para cubrir uno o más años de tu carrera, puedes solicitar monto cero, sin perder el beneficio. El crédito se otorga en UF.
  • Se pueden efectuar prepagos en cualquier momento del año, con un mínimo del 10% de la deuda. La tasa de interés es determinada por la Comisión Ingresa al momento de cursar los créditos, es fija para todo el período del crédito.
  • Tendrás que comenzar a pagar tu crédito al cumplir una de las siguientes condiciones;
  • Al egresar de tu carrera, al mes 19, contado desde la fecha que Comisión Ingresa informa al Banco tu Egreso. Información que es proporcionada por tu casa de estudios.
  • Al abandonar tus estudios sin justificación por 12 meses consecutivos y no matricularte en alguna institución participante del sistema.
  • Las cuotas se cancelan por caja, presentando el aviso de vencimiento recibido mensualmente por correo u obteniendo el cupón de pago a través de los dispensadores de saldo.
  • Más información en www.ingresa.cl

Requisitos

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en el país.
  • Postular al beneficio a través de www.ingresa.cl. y posteriomente informarte sobre los resultados.
  • Matricularte en alguna de las Instituciones de Educación Superior que participan del sistema de Créditos con Garantía Estatal, puedes revisar la nómina de Instituciones en www.ingresa.cl e informarte sobre los requisitos.
  • Te recomendamos mantenerte siempre atento a la página www.ingresa.cl

Documentación

Te recomendamos mantenerte siempre atento a la página www.ingresa.cl

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué requisitos debo cumplir para mantener este crédito?

    • Debes mantenerte como alumno regular en tu Institución de Educación Superior. Sin embargo, cada casa de estudios puede establecer exigencias académicas adicionales para renovar anualmente este crédito, siempre que estén incorporadas en algún reglamento oficial de la institución que sea conocido por los(as) alumnos(as)

  • ¿Puedo cambiarme de carrera o de institución?

    • Sí, tienes derecho a cambiarte una vez de Institución y/o carrera sin perder el crédito. Para ello deberás seguir los procedimientos informados en página www.ingresa.cl

  • Si me cambio de carrera en el segundo semestre, ¿qué pasa con el crédito?

    • El financiamiento es anual, sólo a contar del siguiente año, podrás usar el crédito en tu nueva carrera o Institución

  • Estoy terminando una carrera técnica, ¿puedo continuar una carrera profesional con el mismo crédito?

    • Sí, puedes seguir una carrera profesional al terminar una carrera técnica, con el mismo beneficio o con un segundo crédito. Debes revisar condiciones y requisitos en www.ingresa.cl

  • ¿Cuándo debo empezar a pagar el crédito?

    • El cobro se hará efectivo al mes 19 después del egreso, fecha que será informada al Banco por la Comisión Ingresa. También se hará efectivo si dejas de estudiar sin justificación por 12 meses consecutivos y no te matriculas en ninguna institución participante del sistema (deserción). En este caso, el cobro se hará efectivo a contar del mes subsiguiente de haberse declarado la Deserción Académica, fecha que será informada al Banco por la Comisión. En ambos casos el Banco te enviará por correo un aviso de vencimiento, por lo cual te sugerimos actualizar tu dirección en el Banco

  • ¿Qué pasa si estoy cesante y no puedo cancelar las cuotas de mi crédito?

    • En caso de cesantía o si la cuota supera la mitad de tu ingreso como alumno deudor, podrás hacer efectivo el beneficio de cesantía, suspendiendo el pago de la deuda hasta por un máximo de 12 meses (por una sola vez o por períodos fraccionados). Las cuotas suspendidas deberán ser canceladas al término del período original de pago. La acreditación de cesantía la debes efectuar directamente en las Oficinas de la Comisión Ingresa

  • ¿El Crédito incluye seguro de desgravamen?

    • Sí, este crédito incluye seguros de desgravamen e invalidez sin costo para ti

  • ¿Puedo realizar prepago(s) ?

    • Sí, puedes efectuar prepagos parciales o totales en cualquier momento, cumpliendo con el monto mínimo del 10% de tu deuda total y cancelando la comisión de prepago que está establecida por ley

  • ¿Si decido pagar durante el período de gracia, estaré obligado a pagar siempre?

    • No, durante el período de gracia el pago de intereses es voluntario, puedes pagar una o más cuotas y luego dejar de pagar. Te recordamos que una vez terminado el período de gracia, el pago será obligatorio todos los meses

  • ¿En qué fecha se pueden pagar los intereses, cuando el crédito se encuentra en período de gracia?

    • La cuota de interés vence los días 5 de cada mes y hasta esa fecha se puede cancelar. Transcurrida la fecha de vencimiento los intereses se habrán capitalizado y se habrá generado la cuota de intereses del mes siguiente

  • ¿Cuándo y cómo me entero que tengo que empezar a pagar mi crédito?

    • Una vez que la Institución declara el egreso o deserción, se generan los calendarios de pagos definitivos del crédito, el plazo está predeterminado y sólo podrás modificarlo al momento de efectuar un prepago (alumnos beneficiados en 2006, no podrán modificar los plazos). El Banco enviará a tu domicilio un aviso de vencimiento, con el cual debes acudir al Banco y cancelar la cuota por caja. Si no recibes este aviso, debes acudir al Banco y obtener tu cupón de pago desde los dispensadores de saldo

  • ¿Qué ocurre si no pago el Crédito?

    • Si dejas de pagar el crédito, el Banco ejercerá las acciones de cobranza respectiva. En una primera instancia de cobro, será posible pagar las cuotas atrasadas y recuperar el servicio de pago normal de la deuda. Podrás obtener los cupones de pago desde los dispensadores de saldo que se encuentran en las Sucursales o bien solicitar una liquidación de las cuotas atrasadas en Normalización de Crédito

     

    Más información en www.ingresa.cl