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El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro destinado a mejorar la futura pensión y que otorga atractivos beneficios tributarios.
¿Por qué es conveniente hacer APV?
Régimen Tributario A
Aumento de la pensión mensual según edad de inicio del ahorro
Monto APV Mensual | Desde 25 años | Desde 35 años | Desde 45 años |
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$50.000* (hombre) | $ 203.526 | $ 125.454 | $71.437 |
$ 50.000** (mujer) | $ 143.868 | $ 85.706 | $ 43.635 |
Régimen Tributario B
Preguntas Frecuentes
Si, para obtener los beneficios tributarios asociados al APV, los independientes deben estar afiliados a alguna AFP, declarar rentas y cotizar obligatoriamente para pensiones (aproximadamente 12,3% de la remuneración imponible - RI -) y salud (7% de la RI).
El monto máximo de APV con beneficio tributario que pueden realizar los independientes, depende directamente de las cotizaciones obligatorias realizadas a la cuenta de capitalización individual (CCI) de pensiones, tal como se muestra a continuación:
Monto máximo APV independientes = Valor UF x 8,33 x N° UF de cotizaciones obligatorias a CCI pensiones en el año. Con todo, el valor resultante no puede ser superior a UF 600 en el año.
Requisitos:
El trabajador tiene derecho a una bonificación fiscal del 15% del ahorro que destine a adelantar o incrementar su pensión. La bonificación anual no podrá ser mayor a 6 UTM (*).
El trabajador no rebaja su ahorro de la base imponible del impuesto único de segunda categoría como ocurre con el Régimen B. La AFP o Institución Autorizada informa la rentabilidad de los retiros al trabajador y al SII, para su declaración de impuestos. El retiro de los aportes por el trabajador no será gravado por el impuesto único.
(*) La bonificación fiscal procederá respecto a las Cotizaciones Voluntarias, los Depósitos de APV y los aportes del trabajador para el APVC, efectuados durante el respectivo año calendario, que no superen en su conjunto la suma equivalente a diez veces el total de Cotizaciones Obligatorias efectuadas por el trabajador.
Si, el trabajador puede retirar sus ahorros en el momento que lo requiera o necesite.
Al momento de retirar el ahorro, el cliente no tributa por éste, solo lo hace por la rentabilidad real obtenida.
Los ahorros previsionales voluntarios acumulados serán enviados a la AFP o Cía. De seguros para mejorar el monto de la pensión de sobrevivencia o renta vitalicia que obtendrán cada uno de los beneficiarios.
Los ahorros previsionales voluntarios acumulados constituirán herencia, por lo tanto serán pagados en su totalidad a los herederos legales.
* Beneficiarios de pensión: cónyuge, pareja o la madre de sus hijos, los hijos menores de 18 años o los hijos menores de 24 años siempre que se encuentren estudiando.
No, las series APV de BancoEstado NO tienen permanencia mínima y no existen comisiones de salida por los retiros realizados.
Conoce la rentabilidad histórica de las Series APV –APVG las que se presentan de forma netas de costos y comisiones, anualizadas y deflactadas por unidad de fomento (UF).
BancoEstado S.A. Administradora General de Fondos es filial de Banco Estado, donde el banco es agente colocador de los diferentes Fondos Mutuos Administrados por ella. La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por este fondo, no garantiza que ella se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los Fondos Mutuos son variables. La rentabilidad es fluctuante, por lo que nada garantiza que las rentabilizadas pasadas se mantengan en el futuro. La diferencia en rentabilidad entre alternativas de ahorro previsional voluntario no necesariamente refleja la diferencia en el riesgo de las inversiones. Infórmese de las características esenciales de la inversión en este Fondo Mutuo, las que se encuentran contenidas en su reglamento interno. El 15% de bonificación fiscal corresponde al Régimen Tributario A del APV. Este beneficio fiscal sólo será de dominio del trabajador si este último destina el ahorro a la mejora de pensión, de lo contrario, dicha bonificación será reintegrada a la Tesorería General de la República. El beneficio del 15% procederá respecto del ahorro voluntario efectuado durante el respectivo año calendario.
Simulación de Ahorro Previsional Voluntario en Régimen A, realizada por BancoEstado S.A. AGF bajo los siguientes supuestos: Trabajador casado, con dos hijos, sin lagunas previsionales. Montos calculados con una rentabilidad promedio anual de 4,78% y considerando el beneficio tributario del 15% anual. Con fecha marzo de 2019. Los ejemplos indicados son meramente ilustrativos. Montos de mejora no consideran los eventuales descuentos legales e impuestos que pudieran afectar la pensión. El 15% de ahorro anual se bonificará a los clientes que se acojan al régimen tributario de la letra A del artículo 20L del DL 3.500. Dicha bonificación procederá respecto del ahorro voluntario efectuado durante el respectivo año calendario.
Supuesto: Hombre 25 años, Casado, Cónyuge misma edad, 2 hijos, Renta: $600.000, Sin monto acumulado en la cuenta OBLIGATORIA. **Supuesto: Mujer 25 años, Casada, Cónyuge misma edad, 2 hijos, Renta: $600.000, Sin monto acumulado en la cuenta OBLIGATORIA.